Articulo 31 Reglamento de...stro Civil

Articulo 31 Reglamento de la Ley del Registro Civil

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Artículo 31.

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Las certificaciones no requieren legalización para surtir sus efectos ante cualquier órgano, sin perjuicio de las diligencias de comprobación que éste estime oportuno realizar en caso de duda fundada.

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