Articulo 30 Búsqueda e in...n policial

Articulo 30 Búsqueda e intercambio automatizados de datos para la cooperación policial

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 30. Puntos de contacto nacionales

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Cada Estado miembro designará uno o más puntos de contacto nacionales a los efectos de los artículos 6, 11, 16, 20 y 26.