Articulo 27 Atención y protección a niños, niñas y adolescentes y promoción de sus familias, derechos e igualdad
Artículo 27. En relación con la vulnerabilidad socioeconómica.
Las Administraciones públicas de Navarra adaptarán sus políticas y prestaciones para familias para garantizar especialmente el apoyo a niños, niñas y adolescentes cuando existan situaciones de riesgo debido a la pobreza y contarán con estrategias que permitan a los hogares en riesgo de pobreza acceder a alimentos suficientes y saludables.
Las Administraciones públicas de Navarra planificarán una atención integral a menores y sus familias ante factores de riesgo, procurando articular medidas que les garanticen acceso a la vivienda y unos ingresos mínimos.
Las Administraciones públicas de Navarra garantizarán el acceso de los menores con mayor vulnerabilidad económica a los soportes informáticos necesarios para un adecuado desarrollo en el ámbito educativo, evitando de esta forma la brecha digital.