Articulo 263 Derecho civil de Galicia
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»Artículo 263.
Son justas causas para desheredar a cualquier legitimario:
1.ª Haberle negado alimentos a la persona testadora.
2.ª Haberla maltratado de obra o injuriado gravemente.
3.ª El incumplimiento grave o reiterado de los deberes conyugales.
4.ª Las causas de indignidad expresadas en el artículo 756 del Código civil.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-2006 en vigor desde 19-07-2006