Articulo 263 Derecho civil de Galicia

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Artículo 263.

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Son justas causas para desheredar a cualquier legitimario:

1.ª Haberle negado alimentos a la persona testadora.

2.ª Haberla maltratado de obra o injuriado gravemente.

3.ª El incumplimiento grave o reiterado de los deberes conyugales.

4.ª Las causas de indignidad expresadas en el artículo 756 del Código civil.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-06-2006 en vigor desde 19-07-2006