Articulo 26 Reglamento regulador del Registro de Parejas de Hecho
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»Artículo 26.- Requisitos de las solicitudes de certificación.
Las solicitudes de certificación de las declaraciones de constitución y extinción de las parejas de hecho, así como de la existencia de pacto regulador de las relaciones económico-patrimoniales de la pareja, se formularán en instancia normalizada, y deberán contener las siguientes menciones:
a) El nombre y apellidos de la persona solicitante.
b) DNI, Tarjeta de Identidad de Extranjero o pasaporte de la persona solicitante.
c) En su caso, los datos de identificación de la persona que represente a la persona solicitante.
d) El objeto de la certificación.
e) El motivo por el que se solicita la certificación.
f) El lugar y la fecha de presentación de la solicitud, y la firma de la persona o personas solicitantes de la certificación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-05-2017 en vigor desde 30-05-2017