Articulo 25 Atención y pr...e igualdad

Articulo 25 Atención y protección a niños, niñas y adolescentes y promoción de sus familias, derechos e igualdad

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Artículo 25. En relación con el género y el respeto a distintas orientaciones.

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1. Las Administraciones públicas de Navarra promoverán las condiciones para que el derecho constitucional a la igualdad entre mujeres y hombres en la Comunidad Foral sea efectivo en todos los ámbitos y etapas de la vida de niños, niñas y adolescentes, impulsando un cambio de valores que fortalezca la posición de niñas y adolescentes y refuerce su autonomía y empoderamiento, eliminando los obstáculos que impidan o dificulten el avance hacia una sociedad navarra libre, justa, democrática y solidaria por igual con todos y todas sus menores.

2. Se respetará y aceptará en todos los ámbitos y especialmente en el escolar la orientación sexual y expresión de identidad sexual, y se tendrán en cuenta las necesidades específicas de menores y adolescentes LGTBI+ a efectos de garantizarles el derecho a recibir atención sanitaria en condiciones objetivas de igualdad.