Articulo 244 Código del D... de Aragón

Articulo 244 Código del Derecho Foral de Aragón

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Artículo 244. Causas de disolución de pleno derecho.

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El consorcio conyugal concluirá de pleno derecho:

a) Por voluntad de ambos cónyuges expresada en capítulos matrimoniales.

b) Cuando se disuelva el matrimonio.

c) Cuando sea declarado nulo.

d) Cuando se declare la separación legal de los cónyuges.