Articulo 24 Medidas para ... la sequía

Articulo 24 Medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía

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Artículo 24. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

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Con efectos desde el día 1 de enero de 2024, los importes máximos de los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, según el periodo de generación del incremento de valor, a que se refiere el apartado 4 del artículo 107 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, serán los siguientes:

Periodo de generación

Coeficiente

Inferior a 1 año.

0,15

1 año.

0,15

2 años.

0,14

3 años.

0,14

4 años.

0,16

5 años.

0,18

6 años.

0,19

7 años.

0,20

8 años.

0,19

9 años.

0,15

10 años.

0,12

11 años.

0,10

12 años.

0,09

13 años.

0,09

14 años.

0,09

15 años.

0,09

16 años.

0,10

17 años.

0,13

18 años.

0,17

19 años.

0,23

Igual o superior a 20 años.

0,40

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2023 en vigor desde 29-12-2023