Articulo 236 Código del Derecho Foral de Aragón
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»Artículo 236. Rescisión por fraude.
El acto de disposición realizado a título oneroso por uno de los cónyuges sobre el patrimonio común en fraude de los derechos del otro cónyuge podrá rescindirse a solicitud de este último, si el adquirente hubiese sido cómplice en el fraude.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011