Articulo 23 Normas para aplicación y desarrollo del RETA
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»Artículo 23. Bases de cotización.
(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (23 (se deroga)) por ORDEN DE 22 DE FEBRERO DE 1996 POR LA QUE SE DESARROLLA EL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACION DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1637/1995, DE 6 DE OCTUBRE.
(BOE de 29-02-1996) en vigor desde 01-03-1996 - Modificación realizada (23 (apdos. 1 a 3, se derogan con efectos desde el 1 de enero de 1984)) por ORDEN DE 3 DE FEBRERO DE 1984 POR LA QUE SE DESARROLLA EL REAL DECRETO 46/1984, DE 4 DE ENERO, SOBRE COTIZACION A LA SEGURIDAD SOCIAL, DESEMPLEO, FONDO DE GARANTIA SALARIAL Y FORMACION PROFESIONAL DURANTE EL AÑO 1984 Y SE FIJAN, PARA DICHO AÑO, LOS COEFICIENTES APLICABLES A LOS SUPUESTOS DE EMPRESAS COLABORADORAS, DE EMPRESAS EXCLUIDAS DE ALGUNA CONTINGENCIA Y DE CONVENIOS ESPECIALES.
(BOE de 09-02-1984) en vigor desde 09-02-1984 - Artículo modificado por ORDEN DE 10 DE NOVIEMBRE DE 1976 POR LA QUE SE MODIFICAN DETERMINADOS ARTICULOS DE LA DE 24 DE SEPTIEMBRE DE 1970, POR LA QUE SE DICTAN NORMAS DE APLICACION Y DESARROLLO DEL REGIMEN ESPECIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTONOMOS.
(BOE de 25-11-1976) en vigor desde 15-12-1976