Articulo 222 Código del D... de Aragón

Articulo 222 Código del Derecho Foral de Aragón

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 222. Responsabilidad por deudas de adquisición de bienes comunes.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El bien común adquirido por uno de los cónyuges sin el consentimiento del otro responde, en todo caso, del precio aplazado y demás gastos de adquisición pendientes de pago.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011