Articulo 22 Reglamento regulador del Registro de Parejas de Hecho
Artículo 22.- Requisitos de las solicitudes de incorporación o modificación de pacto.
Las solicitudes de incorporación de pacto regulador de las relaciones económico-patrimoniales de la pareja, cuando no se hubiese presentado en el momento de la solicitud de inscripción como pareja de hecho, y las solicitudes de modificación o supresión del pacto presentado junto a la solicitud de inscripción o en un momento posterior, se formularán en instancia normalizada, y deberán contener las siguientes menciones:
a) El nombre y apellidos de cada una de las personas que componen la pareja.
b) DNI, Tarjeta de Identidad de Extranjero o pasaporte de cada una de las personas.
c) En su caso, los datos de identificación de la persona que represente a cada una de las personas que componen la pareja.
d) El lugar y la fecha de presentación de la solicitud, y la firma de ambos miembros de la pareja.
- Texto Original. Publicado el 29-05-2017 en vigor desde 30-05-2017