Articulo 211 TR. Ley General de la Seguridad Social -LGSS-
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»Artículo 211. Factor de sostenibilidad de la pensión de jubilación.
(NOTA: Artículo derogado en atención a lo expuesto en la D.F. 4ª de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre)
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones.
(BOE de 29-12-2021) en vigor desde 01-01-2022