Articulo 209 Código del Derecho Foral de Aragón
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»Artículo 209. Responsabilidad por deudas.
El régimen de separación de bienes atribuye a cada cónyuge la responsabilidad exclusiva de las obligaciones por él contraídas, salvo en los casos previstos en el artículo 189.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011