Articulo 2 Se desarrolla el Real Decreto 1424/2002 que regula la comunicación del contenido de los contratos de trabajo y de sus copias básicas a los SEPES
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 2. Contenido de las comunicaciones.
Los datos que contendrán las comunicaciones a las que se hace referencia en el apartado uno del artículo anterior son los que se relacionan en el anexo I «Relación de datos obligatorios a comunicar».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-04-2003 en vigor desde 06-04-2003