Articulo 190 T.R. Ley Concursal
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»Artículo 190. Contratos de carácter administrativo.
Los efectos de la declaración de concurso sobre los contratos de carácter administrativo celebrados por el concursado con Administraciones públicas se regirán por lo establecido en su legislación especial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-05-2020 en vigor desde 01-09-2020