Articulo 18 Reglamento de...o temporal

Articulo 18 Reglamento de las empresas de trabajo temporal

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 18. Obligaciones de información a la empresa usuaria.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La empresa de trabajo temporal deberá suministrar a la empresa usuaria la siguiente documentación en relación con los trabajadores que haya cedido.

a) Copia del contrato de trabajo o de la correspondiente orden de servicio.

b) Documentación acreditativa de haber cumplido con las obligaciones salariales contraídas con dichos trabajadores y en materia de Seguridad Social.

2. En el supuesto de contrato para la formación y el aprendizaje, la empresa de trabajo temporal deberá facilitar a la usuaria el anexo relativo al acuerdo para la actividad formativa conforme a su normativa específica.