Articulo 15 Reconocimient...Terrorismo

Articulo 15 Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 15. Régimen jurídico de las ayudas.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Las ayudas e indemnizaciones establecidas en esta Ley son compatibles con las pensiones, ayudas y compensaciones que pudieran reconocerse en ella o en cualquier otra que pudieran dictar las Comunidades Autónomas.

2. Asimismo, son compatibles con la exigencia de responsabilidad patrimonial al Estado por el normal o anormal funcionamiento de la Administración, si bien aquéllas se imputarán a la indemnización que pudiera reconocerse por este concepto, detrayéndose de la misma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-09-2011 en vigor desde 23-09-2011