Articulo 15 Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a trabajos con riesgo de exposición al amianto
Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a trabajos con riesgo de exposición al amianto
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»Artículo 15. Consulta y participación de los trabajadores.
La consulta y participación de los trabajadores o sus representantes sobre las cuestiones a que se refiere este real decreto se realizarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.