Articulo 14 Constitución Española
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»Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-1978 en vigor desde 29-12-1978
Conceptos Jurídicos
- Concepto Jurídico de: Principio de igualdad y no discriminación en las relaciones laborales
- Concepto Jurídico de: Principio de igualdad