Articulo 13 Sistema Nacional de Protección Civil
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»Artículo 13. Norma Básica de Protección Civil.
La Norma Básica de Protección Civil, aprobada mediante real decreto a propuesta del titular del Ministerio del Interior, y previo informe del Consejo Nacional de Protección Civil, establece las directrices básicas para la identificación de riesgos de emergencias y actuaciones para su gestión integral, el contenido mínimo y los criterios generales para la elaboración de los Planes de Protección Civil, y del desarrollo por los órganos competentes de las actividades de implantación necesarias para su adecuada efectividad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-07-2015 en vigor desde 10-01-2016