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Articulo 13 Protección social de trabajadores del sector marítimo-pesquero

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Artículo 13. Contingencias protegidas.

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1. El Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar cubre las contingencias y las prestaciones que se determinan en la presente ley.

2. Las contingencias protegidas en esta ley se definen según lo establecido en el Régimen General de la Seguridad Social en relación con las personas trabajadoras por cuenta ajena y según lo establecido en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en relación con las personas trabajadoras por cuenta propia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-10-2015 en vigor desde 01-11-2015