Articulo 13 Evaluación y gestión del ruido ambiental
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»Artículo 13. Comité
1. La Comisión estará asistida por el comité creado en virtud del artículo 18 de la Directiva 2000/14/CE.
2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 5 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8.
El plazo contemplado en el apartado 6 del artículo 5 de la Decisión 1999/468/CE queda fijado en tres meses.
Modificaciones
- Artículo modificado por Reglamento (UE) 2019/1243 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por el que se adapta a los artículos 290 y 291 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea una serie de actos jurídicos que prevén el recurso al procedimiento de reglamentación con control
(DC de 25-07-2019) en vigor desde 26-07-2019