Articulo 12 Protección de trabajadores contra riesgos relacionados con agentes biológicos
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»Artículo 12. Consulta y participación de los trabajadores
La consulta y participación de los trabajadores y/o de sus representantes sobre las materias reguladas por la presente Directiva se llevarán a cabo con arreglo al artículo 11 de la Directiva 89/391/CEE.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-10-2000 en vigor desde 06-11-2000