Articulo 109 Contratación...s postales

Articulo 109 Contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales

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Artículo 109. Entrada en vigor

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La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-03-2014 en vigor desde 17-04-2014