Articulo 104 Código del Derecho Foral de Aragón
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 104. Nombramiento.
El Juez nombrará al tutor y al curador y el Letrado de la Administración de Justicia les dará posesión del cargo.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 3/2024, de 13 de junio, de modificación del Código de Derecho Foral de Aragón en materia de capacidad jurídica de las personas.
(BOA de 25-06-2024) en vigor desde 15-07-2024