Articulo 10 ITC 020.02 Pr...espirables

Articulo 10 ITC 02.0.02 Protección de los trabajadores contra el riesgo por inhalación de polvo y sílice cristalina respirables

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

10. Información y formación de los trabajadores.

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


En el marco de los requisitos establecidos en el artículo 11 del Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, y en el artículo 9 del Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, el empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores y los representantes de los trabajadores reciban formación y sean informados, en relación con su protección y prevención frente al riesgo por exposición a polvo y sílice cristalina respirables, y especialmente:

a) Deberá asegurar que cada trabajador recibe una información precisa y formación, teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia de prevención frente a la exposición a polvo y sílice cristalina respirables en su puesto de trabajo.

b) Conforme a lo previsto en el tercer párrafo del apartado 5, garantizará la formación práctica mediante ensayos de ajuste cuantitativos de los equipos de protección respiratoria, con métodos como los recogidos en la norma UNE-EN 529.

La labor formativa deberá repetirse, al menos, una vez al año y, en particular, cuando el trabajador cambie de funciones, de puesto o de lugar de trabajo, o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo, adaptándose a los nuevos conocimientos respecto a los riesgos o la aparición de otros nuevos.