Articulo 1 Reglamento regulador del Registro de Parejas de Hecho
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»Artículo 1.- Objeto del Registro de Parejas de Hecho.
1.- El Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma del País Vasco tiene por objeto la inscripción de las declaraciones de constitución y cancelación de las parejas de hecho constituidas al amparo de la Ley 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las Parejas de Hecho.
2.- Asimismo, tiene por objeto la inscripción de los pactos reguladores del régimen económico-patrimonial que podrán establecer las personas componentes de la pareja, y de cualesquiera otros actos, hechos y títulos que afecten al contenido de la relación de la pareja.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-05-2017 en vigor desde 30-05-2017