Articulo 1 Reglamento de desarrollo de la Ley de Auditoría de Cuentas
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»Artículo 1. Concepto de auditor de cuentas.
Las menciones recogidas en este reglamento al auditor de cuentas se entenderán realizadas, igualmente, a las sociedades de auditoría, así como al auditor o auditores de cuentas designados expresamente como auditores principales responsables para realizar el trabajo y firmar el informe de auditoría en nombre de las citadas sociedades.