Articulo 1 Rég. especial de la Seg. Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos
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»Artículo primero. Normas reguladoras.
El régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, previsto en el apartado c) del número dos del artículo diez de la Ley de la Seguridad Social de veintiuno de abril de mil novecientos sesenta y seis («Boletín Oficial del Estado» del veintidós y veintitrés) se regirá, de conformidad con lo establecido en dicha Ley, por el título I de la misma, por el presente Decreto y sus disposiciones de aplicación y desarrollo, así como por las restantes normas generales de obligada observación en el sistema de la Seguridad Social.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-09-1970 en vigor desde 05-10-1970