Anexo 7 Protección de trabajadores contra riesgos relacionados con agentes biológicos
ANEXO VII. RECOMENDACIONES PRÁCTICAS PARA LA VACUNACIÓN
(Apartado 3 del artículo 14)
1. Cuando la evaluación a que se refiere el apartado 2 del artículo 3 demuestre la existencia de riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores por su exposición a agentes biológicos contra los que existan vacunas eficaces, su empresario debería ofrecerles la vacunación.
2. La vacunación debería realizarse de conformidad con las legislaciones o prácticas nacionales.
Debería informarse a los trabajadores sobre las ventajas e inconvenientes tanto de la vacunación como de la no vacunación.
3. La vacunación ofrecida a los trabajadores no deberá acarrear a éstos cargas financieras.
4. Podrá elaborarse un certificado de vacunación, que se expedirá al trabajador referido y, cuando así se solicite, a las autoridades competentes.
- Texto Original. Publicado el 17-10-2000 en vigor desde 06-11-2000