Sentencia Social Tribunal...re de 2008

Última revisión
01/01/2003

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 99/2008 de 03 de Diciembre de 2008

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Orden: Social

Fecha: 03 de Diciembre de 2008

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MARTIN VALVERDE, ANTONIO

Núm. Cendoj: 28079140012008100845

Resumen:
Recurso de casación para la unificación de doctrina contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en suplicación, con fecha 5 de noviembre de 2007, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 35 de los de Madrid, de fecha 5 de febrero de 2007.Subsidio por desempleo: requisito de carencia de rentas; cómputo de la indemnización consecuencia de despido derivado de expediente de regulación de empleo (núm. 44/2003, Telefónica de Estaña S. A.); aplicación de la disposición transitoria 3.ª de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre.Se discute si una indemnización consecuencia de despido colectivo cuya cuantía es superior a la establecida en el art. 51.8 del Estatuto de los Trabajadores computa o no para el cálculo del requisito de carencia de rentas exigido para causar derecho a subsidio por desempleo en la cuantía excedente del importe de la indemnización legal. El Tribunal Supremo, en base a la legislación aplicable, contesta afirmativamente.La STS de 3 de diciembre de 2008 dictamina que la indemnización consecuencia del despido derivado de expediente de regulación de empleo (núm. 44/2003, Telefónica de Estaña S. A.),  cuya cuantía es superior a la establecida en el art. 51.8 del Estatuto de los Trabajadores computa  para el cálculo del requisito de carencia de rentas exigido para causar derecho a subsidio por desempleo en la cuantía excedente del importe de la indemnización legal, en aplicación de lo previsto en la disposición transitoria 3.ª.1, párrafo segundo, de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre

Fundamentos

SENTENCIA

Número de Recurso: 99/2008
Procedimiento: SOCIAL

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a tres de Diciembre de dos mil ocho.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la UNIFICACIÓN DE DOCTRINA, interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO representado y defendido por el Abogado del Estado D. Emilio Jiménez Aparicio, contra la sentencia dicta...