Marginales | Derecho de familia
Familia
El inicio de la sociedad de gananciales se marca con la celebración del matrimonio. En cuanto al os bienes que pertenecen a la sociedad de gananciales, los adquiridos por la pareja antes de contraer matrimonio son privativos de cada uno de ellos, salvo los bienes que sean la vivienda o el ajuar familiar, los cuales corresponden pro indiviso a la sociedad de gananciales y a los cónyuges en ...
Familia
La extinción del régimen económico de la sociedad de gananciales viene legalmente tasada en nuestro ordenamiento jurídico, ya sea por disolución por matrimonio, por nulidad, por separación legal, por declaración judicial, por un pacto entre los cónyuges, por sentencia de nulidad, por divorcio o por acuerdo entre los cónyuges. Esta extinción determinará los bienes y cargas que compondrán el ...
Familia
La comunidad postganancial se rige por las normas que disciplinan la comunidad de bienes ordinaria de los artículos 392 y siguientes del Código Civil. Los integrantes de la comunidad postganancial pueden llevar a cabo la disposición de los bienes, pero siempre de manera que no perjudique el interés de la comunidad.
Familia
El régimen económico matrimonial de la sociedad de gananciales establece una distinción entre bienes comunes y bienes privativos. En este sentido, el ordenamiento jurídico establece una presunción iuris tantum de que los bienes matrimoniales son gananciales mientras no se pruebe lo contrario.
A continuación se detallan los bienes privativos por atribución legal, convencional y confesión del ...
Familia
En virtud de la celebración de matrimonio, se crea una sociedad de gananciales entre los cónyuges, de modo que los bienes gananciales serán propiedad compartida por ambos. Nuestro ordenamiento jurídico establece un principio de presunción de ganancialidad. Asimismo, el carácter ganancial puede establecerse a través de prescripción legal, confesión de ganancialidad o acuerdo entre los ...
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Según el Código Civil, los bienes que forman parte de la sociedad de gananciales son aquellos que se obtienen por el trabajo o la industria de cualquiera de los cónyuges, los frutos, rentas e intereses, los bienes adquiridos por derecho de retracto, empresas y establecimientos fundados durante la vigencia de la sociedad, las ganancias obtenidas por el juego, los bienes donados o dejados en ...
Familia
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo establece que la declaración de un cónyuge adquiriente de que un bien se adquiere para la sociedad de gananciales carece de eficacia sustantiva real, más allá de que refuerza la presunción legal de ganancialidad.
De acuerdo con el artículo 1355 del Código Civil, para la atribución de ganancialidad es necesario el común acuerdo de los cónyuges y la ...
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El artículo 1355 del Código Civil permite que los cónyuges acuerden atribuir el carácter ganancial a bienes que, de no existir tal acuerdo, serían privativos. La atribución de ganancialidad exige el mutuo acuerdo de los cónyuges y, en caso de prueba posterior que revele el carácter privativo del dinero empleado, el bien seguirá manteniendo su naturaleza ganancial. Sin embargo, el aportante ...
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¿Qué es un bien privativo o un bien ganancial? Esta duda surge cuando hay que calificar el estatus de indemnizaciones y pensiones. Analizamos los casos más problemáticos para determinar si las indemnizaciones por despido, accidente laboral o de tráfico, o las pensiones por incapacidad laboral o por jubilación, son bienes gananciales o privativos.
Familia
El artículo 1354 del Código Civil determina que los bienes adquiridos mediante precio o contraprestación se dividirán pro indiviso entre la sociedad de gananciales y el cónyuge o cónyuges según el valor de sus respectivas aportaciones. Esta división se llevará a cabo de forma equitativa.