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140 - ¿Qué régimen económico matrimonial se aplica en los territorios de Derecho Común a falta de pacto expreso?
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Vademecum: familia
Fecha última revisión: 14/06/2024
Nuestro ordenamiento jurídico contempla como regímenes económicos matrimoniales:
- Sociedad de gananciales.
- Régimen de participación en las ganancias.
- Régimen de separación de bienes.
A falta de pacto, el régimen aplicable es el de sociedad de gananciales. Los territorios de Galicia, País Vasco, Comunidad Foral de Navarra, Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana y Baleares cuentan con una legislación reguladora propia.
Nuestro ordenamiento jurídico contempla y regula de forma expresa, a través de las distintas disposiciones del
- La sociedad de gananciales (artículos 1344 a 1410 del
CC ). - El régimen de participación (artículos 1411 a 1434 del
CC ). - El régimen de separación de bienes (artículos 1435 a 1444 del
CC ).
El régimen económico matrimonial será aquel que los cónyuges decidan libremente a través de las capitulaciones matrimoniales. Sin embargo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1316 del
Los territorios de Galicia, País Vasco, Comunidad Foral de Navarra, Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana y Baleares cuentan con una legislación reguladora propia en lo concerniente a los regímenes económicos matrimoniales en concordancia con la existencia de un derecho civil foral o especial en sus territorios:
- Galicia:
Ley 2/2006, de 14 de junio , de Derecho Civil de Galicia. - País Vasco:
Ley 5/2015, de 25 de junio , de Derecho Civil Vasco. - Comunidad Foral de Navarra: Ley 1/1973, de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
- Aragón: Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas.
- Cataluña: libro II del Código Civil de Cataluña, aprobado por Ley 25/2010, de 29 de julio.
- Comunidad Valenciana:
. Matizar, en este caso, que los preceptos de esta ley han sido declarados nulos e inconstitucionales por la sentencia del Tribunal Constitucional n.º 82/2016, de 28 de abril, ECLI:ES:TC:2016:82.Ley 10/2007, de 20 de marzo , de la Generalitat, de Régimen Económico Matrimonial Valenciano - Islas Baleares: Decreto Legislativo 79/1990, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la compilación del derecho civil de las Islas Baleares.