Última revisión
¿Es obligatorio que un extranjero con NIE solicite una tarjeta de identidad de extranjero?
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Orden: administrativo
Fecha última revisión: 01/01/2024
El NIE es aplicable a aquellos extranjeros que se encuentren en situación legal en España. La no obtención en plazo de la Tarjeta de Identidad de Extranjero puede acarrear una infracción grave con multa de 501 hasta 10.000 euros, según el art. 53.1.h de la Ley Orgánica 4/2000. Conoce aquí más acerca de los derechos y libertades de los extranjeros en España según la Ley Orgánica 4/2000 y el Real Decreto 557/2011.
PLANTEAMIENTO
Un ciudadano marroquí tiene en su posesión el NIE (número de identidad de extranjero), lleva trabajando en España 4 años con un contrato indefinido. Se pregunta si, frente a esta situación, debe solicitar la tarjeta de identidad de extranjero.
Por otro lado, ¿qué consecuencias puede acarrear el no haber solicitado la precitada tarjeta en el plazo convenido a tal efecto?.
RESPUESTA
A pesar de la situación, a priori, regularizada, ello no es óbice para que deba solicitar la realización de la precitada tarjeta de identidad de Extranjero, ya que la misma es aplicable a aquellos extranjeros que se encuentren en situación legal en España y para los que se haya expedido una autorización para permanecer en el país por un periodo superior a 6 meses, según lo establecido en el art. 210 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000.
La no obtención en plazo de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (plazo de un mes desde su entrada en España) puede suponer una infracción grave (multa de 501 hasta 10.000 euros) según lo establecido en el art. 53.1.h de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, que a su vez remite al 4.2 de la misma ley (el cual hace referencia a la ya citada tarjeta).