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Última revisión
concursal
Esquema sobre la apertura del procedimiento especial de liquidación para microempresas en la Ley Concursal
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Vademecum: concursal
Fecha última revisión: 03/04/2023
Resumen:
La apertura del procedimiento especial de liquidación para microempresas está regulado en el Artículo 705 de la Ley Concursal. Se abrirá este procedimiento especial cuando sea solicitado por el propio deudor o por un acreedor, no se haya aprobado un plan de continuación o se haya incumplido un plan homologado, o cuando concurra una circunstancia recogida en el artículo 699 quater. El acreedor que solicite el procedimiento tendrá el privilegio que se otorga en el libro primero del concurso de acreedores. La apertura del procedimiento se comunicará a los acreedores y se publicará en el Registro.