Estafa burda
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La estafa o engaño burdo es un concepto de creación jurisprudencial que puede conllevar la despenalización del delito de estafa. Consiste, principalmente, en la falta de diligencia por parte de la víctima a la hora de detectar la intención insidiosa de un engaño muy poco elaborado o burdo, «engaño» entendido como uno de los elementos de tipo del delito de estafa. A efectos penales, supone imponer a la víctima un deber de autoprotección directamente relacionado con el carácter subsidiario de la acción penal.
Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
Los reos de estafa serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años.? Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre este y el defraudador, los medios empleados por este y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.
Si la cuantía de lo defraudado no excediere de 400 euros, se impondrá la pena de multa de uno a tres meses.