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Última revisión
abogacia
Esquema sobre la cancelación de anotaciones en el expediente de sociedades profesionales de abogados según el artículo 139 del Estatuto General de la Abogacía Española
Texto
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Vademecum: abogacia
Fecha última revisión: 20/06/2024
Resumen:
La responsabilidad disciplinaria de las sociedades profesionales, en el caso de falta de pago de las correspondientes cargas colegiales, se extingue cuando estas se abonen en su totalidad. La anotación de las sanciones en el expediente se cancelará cuando hayan transcurrido los plazos correspondientes dependiendo del monto de la sanción. Esta cancelación de la anotación se puede realizar de oficio o a petición de la sociedad sancionada.